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En relación al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, las principales novedades previstas en el anteproyecto de ley de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, que entrará en vigor a partir del 1 de Enero de 2017, son:

  • La reducción autonómica por donación o sucesión de la empresa familiar quedará limitada exclusivamente a las empresas de reducida dimensión. No obstante, sí cabría aplicar la reducción prevista en la Ley estatal. También se elimina la prelación personal, pudiendo ser aplicada por los herederos sin prioridades.
  • Se elimina la reducción por parentesco de 100.000 euros en caso de donaciones para supuestos en los que el donatario tenga un patrimonio preexistente superior a 600.000 euros. Tratándose de sucesiones dicha reducción se mantiene.
  • Se elimina la bonificación por parentesco del 75 % en la modalidad de donaciones, y se reduce al 50 % en sucesiones para el Grupo II (descendientes , ascendientes y cónyuges mayores de 21 años)

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