Resultado de imagen de FOTOS GUARDIA LEGAL

 

Pregunta: Una trabajadora solicita, cumpliendo los requisitos legales, la reducción de su jornada laboral por guarda legal al 51.5%. Pero propone un horario de 10 a 14 horas, cuando las funciones que realiza la trabajadora son de atención al cliente (reclamaciones e información), cuando antes lo venía desarrollando en un horario de de 8.00 a 17.00 horas. Esto supondría a la empresa el tener que contratar a otro trabajador por el 50% de la jornada, pero imposible de ajustar un horario de 8 a 10.00 y de 14 a 17.00 horas.

¿Puede la empresa negarse, ya que lo que la empresa puede asumir sería aplicar la primera franja horaria de la mañana (8-12) o de la tarde (13-17), pero sin huecos?.

Respuesta: La propuesta de la empresa es razonable, ya que hay que tener en cuenta también las necesidades productivas de la empresa y sus alternativas.

En primer lugar habría que comprobar el convenio colectivo para ver si hay alguna disposición al respecto.

Por otra parte, si la trabajadora no está de acuerdo hay un procedimiento especial previsto en el art. 139 de la LJS.