Contemplamos el caso, no de la subsanación de un defecto de unas cuentas en trámite, sino de la rectificación del contenido de unas cuentas que se calificaron como correctas y el Registrador procedió a depositar, por lo que su contenido ha podido ofrecerse a terceras personas que lo hayan solicitado.
Existen dos posibilidades de error, POR ERROR CONTABLE O POR ERROR DE TRANSCRIPCION.
En ambos casos se procederá a la rectificación de las cuentas anuales mediante certificado expedido por el órgano de administración y acompañando siempre todos los documentos que fueron depositados.
En todos los casos deberá identificarse las cuentas rectificadas, indicando la FECHA DE SU DEPÓSITO Y EL NÚMERO DE LEGAJO O ARCHIVO.
POR ERROR DE TRANSCRIPCIÓN
- Los datos contables contenidos en las cuentas anuales depositados no son correctos debido a una transcripción errónea de los mismos. Lo que supone que la información de que dispusieron los socios al aprobar las cuentas era la correcta, y por tanto la Junta adoptó correctamente los acuerdos de aprobación de cuentas y aplicación del resultado. El error se produce en volcado de esos datos a los modelos oficiales que se presentan en el Registro. Por tanto, sólo con la presentación de una certificación expedida por el órgano de administración que indique el error y su subsanación, acompañando a los nuevos documentos con los datos transcritos correctamente, se procedería al depósito de las Cuentas de Rectificación.
POR ERROR CONTABLE
- Los datos contables contenidos en las cuentas anuales no son correctos debido a un error en la contabilidad. Será necesario una nueva formulación de las cuentas, una nueva Junta de aprobación y una nueva certificación del acta de dicha Junta donde el primer acuerdo sea: Dejar sin efecto el acuerdo de aprobación de las cuentas correspondientes al acuerdo anterior de aprobación de las cuentas anuales, en virtud de una nueva formulación de las mismas y la consiguiente aprobación de las nuevas cuentas formuladas, aportando con la ya indicada nueva certificación, todos los documentos necesarios para un correcto depósito.
Fuente, Registro Mercantil de Valencia.