¿Qué ocurre cuando pasan 4 años sin que se haya compensado el IVA?
Por si no lo sabías, la posibilidad de compensar el IVA prescribe a los 4 años, y es habitual que hacienda te lo recuerde enviándote una liquidación provisional, quitándote ese IVA que te estabas compensando en la siguiente declaración.
Pero no te preocupes, ese IVA no se pierde, y eso es lo que dicen los tribunales, sentando jurisprudencia, debido a sentencias del Tribunal Supremo como las resoluciones de 4 de abril de 2007 y 23 de diciembre de 2010 y que ha tenido eco en el Tribunal Económico Administrativo Central y Tribunales Superiores de Justicia e incluso en las consultas de la Dirección General de Tributos como la consulta vinculante 742/2011, que han modificado sustancialmente la premisa de Hacienda de que trascurridos cuatro años se perdía la posibilidad de recuperar ese IVA.
Se basan en una sentencia del T.J.U.E. conocido como “el caso Ecotrade” que viene a señalar esta sentencia es que una vez perdido el plazo para poder compensar el IVA que, si va a prescribir en el plazo de 4 años, se abre un nuevo plazo para que los empresarios y profesionales que arrastran saldos excedentes de IVA puedan solicitar la devolución en los siguientes 4 años.
¿Cómo solicitar la devolución de IVA si prescribe el plazo para poder compensar?
En un plazo no superior a 4 años desde la finalización del plazo de compensación, podemos solicitar la devolución mediante la presentación de un escrito.