Durante el mes de marzo debemos obtener o en su caso emitir y enviar los siguientes certificados:
- En el caso de que exista arrendamiento de inmuebles urbanos durante el ejercicio, el arrendatario deberá emitir el certificado de Retenciones e Ingresos a cuenta del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades para que el arrendador lo tenga en cuenta en su declaración.
- En el caso de que durante el ejercicio se hayan producido rendimientos de capital mobiliario se deberá emitir el Certificado de Retenciones y Rendimientos.
- En el caso de una comunidad de Bienes, ésta deberá emitir los certificados de rendimientos a cada uno de los comuneros que forman parte de la Comunidad de Bienes, para que lo tengan en cuenta en su declaración de IRPF.