El proyecto de Orden de Módulos para 2017, mantiene los mismos módulos establecidos en 2016 para todas las actividades en IRPF, aunque se prevé una reducción general en el rendimiento neto de un 5% aplicable tanto en el año 2016 como en 2017.
En el IVA, se mantienen también los mismos módulos que en 2016. En consecuencia, los módulos del IVA de las actividades de transporte de mercancías y de transporte de viajeros quedan de la siguiente manera:
El límite máximo para poder continuar acogido a dicho régimen, queda establecido en un límite de facturación anual en el año anterior de 125.000 euros, siempre que dicha facturación se realizase en más de un 50% a empresas o profesionales.
Pero en 2018 estos límites se reducen drásticamente, así pues, los autónomos que facturen más de 75.000 euros a lo largo del ejercicio 2017, no podrán continuar acogidos al régimen de módulos a partir de 2018, según el proyecto de Orden elaborado por el Ministerio de Hacienda.