Todas las sociedades cuyo cierre del ejercicio 2015 se produjo el 31 de diciembre y su volumen de operaciones de dicho año no superó los 6.010.121,04 euros, durante este mes de febrero, mediante la presentación del modelo 036, pueden cambiar de opción en el sistema de cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de 2016.

 

Las formas de calcular estos pagos son las siguientes:

  • 1ª opción: Sistema de cuota. Como siempre, los pagos a cuenta de abril, octubre y diciembre siguen siendo un 18% del importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades presentada el primer día del periodo de pago del pago fraccionado.

 

  • 2ª opción: Sistema de bases (en función del beneficio).Se calculará sobre la base imponible del periodo de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural y la cuantía del pago fraccionado será el resultado de aplicar a dicha base el porcentaje que resulte de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto.

Esta segunda opción puede ser interesante para las empresas inactivas o cuyo beneficio previsto para el ejercicio iniciado desde 1 de enero de 2016 vaya a ser nulo o muy bajo y sin embargo, el importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de los Impuestos de Sociedades presentados en el 2014 y 2015 ha sido elevado.

 

En el caso de que la entidad no comunique ningún cambio de opción a Hacienda durante el mes de febrero, le será de aplicación el mismo sistema que el año pasado.